El Tribunal Supremo declara nula la cláusula suelo en hipotecas, aclarando responsabilidades entre Novo Banco y BES tras la reestructuración.
El Tribunal Supremo ha analizado un litigio relacionado con la validez de una cláusula suelo en un contrato hipotecario originalmente suscrito con Banco Espírito Santo (BES) y posteriormente transferido a Novo Banco, tras la reestructuración ordenada por el Banco de Portugal.
La sentencia aborda tres puntos clave
1. Nulidad de la cláusula suelo, pero sin devolución de cantidades previas
El Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de la cláusula suelo al considerarla abusiva. Sin embargo, establece que Novo Banco no está obligado a devolver las cantidades cobradas antes de la transmisión de activos desde BES.
Las reclamaciones para recuperar esos importes deberán dirigirse contra BES, que se encuentra en liquidación, ya que Novo Banco solo asumió las obligaciones expresamente incluidas en la transferencia de activos.
2. Las reclamaciones deben dirigirse a la entidad original, no a la sucesora
El alto tribunal confirma que las acciones para la devolución de cantidades cobradas por cláusulas abusivas deben dirigirse contra el banco de origen. En este caso, cualquier reclamación debe hacerse ante BES en liquidación, y no contra Novo Banco, que continúa con la actividad bancaria pero sin asumir responsabilidades anteriores a la transmisión de activos.
3. Reconocimiento en España de las decisiones del Banco de Portugal
El Tribunal Supremo también reconoce que las medidas de reestructuración bancaria adoptadas por el Banco de Portugal tienen efectos jurídicos en España desde su adopción en el país de origen. Esto se aplica incluso si la publicación de dichas decisiones no se ha realizado de manera íntegra según las exigencias formales de la legislación española.
Conclusión
Esta sentencia clarifica la responsabilidad de Novo Banco y BES, estableciendo que la entidad sucesora no debe asumir devoluciones de cláusulas abusivas previas a la reestructuración. Además, ratifica la validez en España de las resoluciones del Banco de Portugal, consolidando su reconocimiento en el marco de la normativa europea.